• OAI
  • RSS
  • Accesibilidad
  • Mapa del portal
Biblioteca Virtual de Derecho Aragonés Biblioteca Virtual de Derecho Aragonés
  • Presentación
  • Búsqueda
  • Derecho Civil
    • Búsqueda
    • Lista de títulos
    • Lista de autores
    • Catálogo por secciones
    • Presentaciones
    • Introducción a BIVIDA
    • Introducción al Derecho Aragonés
    • Así se ha hecho
  • Derecho Público
    • Búsqueda
    • Lista de títulos
    • Lista de autores
    • Lista de materias
    • Presentación de esta Biblioteca
    • Presentaciones
    • Introducción
    • Así se ha hecho
  • Recursos Digitales
    DIGIBIB
    Está en: › Biblioteca Virtual de Derecho Aragonés › La Moral del Abogado.
     
    Botón primero deshabilitado Botón anterior deshabilitado 1 al 12 de 511 Siguiente Último 1 2 3 4 5 6 7 8 9 ... 43
    • Detalle

      Título

      Libros La Moral del Abogado.

      Anterior Siguiente
      • Contenidos
      • Acciones

      Contenidos

      • 1º. Del origen de la abogacía.

      • 2º. Utilidad de esta profesion.

      • 3º. De las consideraciones y privilegios de los abogados.

      • 4º. De los deberes reglamentarios de los mismos.

      • 5º. Cualidades que predisponen al abogado á egercer moralmente la profesion.

      • 6º. De la influencia que tiene la edad en el egercicio de la profesion de la abogacía.

      • 7º. Del espíritu de paz que debe reinar en todas las operaciones del abogado.

      • 8º. Responsabilidad del abogado por la defensa de pleitos injustos.

      • 9º. Exámen de los medios que proponen los autores para formar una opinion recta de los negocios.

      • 10º. Responsabilidad del abogado por falta de ciencia ó de talento.

      • 11º. Responsabilidad del abogado por negligencia.

      • 12º. Precauciones que debe tomar el abogado para no defender pleitos injustos y no verse burlado en su seguimiento.

      • 13º. De la culpa que presta el abogado en los negocios que defiende.

      • 14º. De la escesiva confianza en los buenos pleitos y causas.

      • 15º. Si es prudente que el abogado defienda sus propios pleitos.

      • 16º. De los medios con que deben defenderse las causas y pleitos.

      • 17º. Obligacion de guardar secreto.

      • 18º. De la prevaricacion ó prevariato.

      • 19º. Del pacto de quota-litis.

      • 20º. De los medios de evitar toda sospecha de abuso en punto á remuneraciones, y de conservar pura su delicadeza.

      • 21º. De la retardacion de los negocios.

      • 22º. Si el abogado puede hacer empeños en los pleitos que defiende.

      • 23º. Del estilo del abogado en sus escritos.

      • 24º. De la preparacion del abogado para informar en estrados y del modo con que debe hacerlo.

      • 25º. Del punto hasta que debe llegar la libertad del abogado en sus defensas verbales y por escrito.

      • 26º. De la propagacion de doctrinas erróneas y peligrosas.

      • 27º. Del valor del abogado en las defensas de pleitos y causas.

      • 28º. Del respeto con que debe hablar de los jueces y de sus fallos.

      • 29º. De la mesura con que debe conducirse cuando sea interrumpido en sus informes.

      • 30º. Del modo de comportarse en las consultas.

      • 31º. De su comportamiento en las transacciones.

      • 32º. De como debe conducirse en los arbitrazgos.

      • 33º. Si en las causas criminales el abogado puede defender al que le consta que es verdaderamente criminal.

      • 34º. De la defensa de los pobres.

      • 35º. De los honorarios de los abogados y de la templaza en el cobro.

      • 36º. De varias cuestiones que pueden ofrecerse sobre los honorarios.

      • 37º. De las condonaciones de los mismos.

      • 38º. De la posicion escepcional y de incertidumbre à que ha reducido el código penal á los abogados con respecto á sus honorarios.

      • 39º. De la ambicion de pleitos y negocios.

      • 40º. Medios con que debe ausiliarse el abogado para el mejor cumplimiento de sus deberes.

      • 41º. Si los abogados pueden trabajar en los dias festivos.

      • 42º. De los estudios á que con preferencia debe dedicarse el abogado.

      • 43º. De la conducta que debe observar el abogado con sus clientes.

      • 44º. Paciencia del abogado para sufrirlos.

      • 45º. De las relaciones de los abogados con los procuradores.

      • 46º. Del modo con que el abogado debe conducirse con sus compañeros.

      • 47º. De los pasantes, de su recepcion, de las reglas que debe observar con ellos el abogado que los admite, y de la conducta que deben observar los mismos.

      • 48º. De las academias de jurisprudencia consideradas como escuelas de moral.

      • 49º. De la conducta privada del abogado.

      • 50º. De los deberes del abogado cuando se ausenta.

      • 51º. De sus deberes cuando desempeña el cargo de fiscal ó de acusador.

      • 52º. De sus deberes cuando desempeña el cargo de magistrado suplente.

      • 53º. De su conducta en el desempeño de cargos en el colegio.

      • 54º. De la incompatibilidad de la profesion de la abogacía con otras profesiones y egercicios.

      • 55º. De la opinion política del abogado.

      • 56º. Si en alguna ocasion puede considerarse el abogado en la obligacion de conciencia de escribir y aun de representar al gobierno.

      • 57º. De la conservacion de la salud como una obligacion moral.

      • 58º. Del cumplimiento de los debere que impone la religion.

      • Índice completo

      Acciones

      • Descargar grupo
      • Derechos de autor
      • Descargar formato METS
    • Ocultar detalle
    1. - 1. - Descargar
    2. - 2. - Descargar
    3. III 3. III Descargar
    4. IV 4. IV Descargar
    5. V 5. V Descargar
    6. VI 6. VI Descargar
    7. VII 7. VII Descargar
    8. VIII 8. VIII Descargar
    9. IX 9. IX Descargar
    10. X 10. X Descargar
    11. XI 11. XI Descargar
    12. XII 12. XII Descargar
    Botón primero deshabilitado Botón anterior deshabilitado 1 al 12 de 511 Siguiente Último 1 2 3 4 5 6 7 8 9 ... 43
     
    Gobierno de Aragón © Gobierno de Aragón Contactar

    DIGIBÍS

    • WAI-AA 2.0